Las normas supremas establecidas en España desde 1808

En plena Guerra de la Independencia se reunieron las Cortes de Cádiz y dieron comienzo con su obra a la Revolución liberal burguesa en España aprovechando el vacío de poder. Se propusieron crear un marco legal que permitiera pasar de una sociedad estamental a una liberal y acabar con el Antiguo Régimen. Los diputados fueron convocados a Cortes en Cádiz por el Consejo de Regencia, a quien la Junta Suprema Central, viéndose incapaz de dirigir la guerra, traspasó sus poderes a comienzos de 1810. Muchas provincias ocupadas por los franceses no pudieron enviar representantes y buscaron suplentes en Cádiz. El ambiente liberal de esta ciudad propició que la mayoría de los diputados pertenecieran a la burguesía liberal – abogados, funcionarios, comerciantes, militares, catedráticos, etc. aunque también había muchos eclesiásticos (casi un tercio) y algunos nobles. No hubo representantes de las clases populares. Los diputados patriotas estaban agrupados en dos tendencias: Absolutistas, que defendían la soberanía real y la vuelta al Antiguo Régimen, y los Liberales, la mayoría, partidarios de la soberanía nacional, querían aprobar una Constitución, siguiendo el ejemplo de la Constitución francesa de 1791. Destacaron Muñoz Torrero, Argüelles, Quintana. Los 184 diputados que representaban a todas las regiones españolas se reunieron en la Isla de León el 24 de septiembre de 1810 en una Asamblea Constituyente, en vez de las tradicionales Cortes estamentales.

 

La Constitución de 1812La Constitución de 1812. La primera Constitución española se promulgó el 19 de marzo de 1812, día de San José; por eso se conoce como “la Pepa”. La Constitución o ley fundamental es la más larga, se compone de un discurso preliminar y 384 artículos, que establecen la forma de Estado, de gobierno y los derechos y deberes de los españoles. En ella aparece la idea de “Nación española”, definida como el conjunto de todos los ciudadanos, sin distinción entre los españoles de los dos hemisferios. La Nación unitaria se declara libre e independiente. La forma de Estado sería una monarquía en la persona de Fernando VII, pero parlamentaria. Con otros Decretos socio económicos (abolición de la Mesta, de la Inquisición, de los gremios, de los señoríos jurisdiccionales, de los mayorazgos, desamortización de tierras comunales) los liberales gaditanos querían realizar reformas para liquidar los fundamentos económico-jurídicos del Antiguo Régimen y establecer un nuevo orden liberal en España. Importancia de la Constitución de 1812. La Constitución de Cádiz es fundamental en la historia de España. Es la primera "la Constitución de Bayona de 1808 es una Carta Otorgada". Se inspira en la Constitución francesa de 1791 pero es más avanzada y progresista que ella, ya que acepta el sufragio universal y una amplia garantía de derechos, aunque algunos de ellos a día de hoy nos parezcan, desde nuestra perspectiva, del todo insuficientes, como en la Constitución actual. La guerra de la Independencia no permitió llevar a la práctica lo legislado por las Cortes. Además la mayoría de la sociedad española quedó al margen: eran campesinos, monárquicos absolutistas por estar muy influidos por el clero y la nobleza. Fernando VII, rey felón, anuló la Constitución y la obra de las Cortes de Cádiz en marzo de 1814, restaurando el Absolutismo. Hijo y sucesor de Carlos IV y de María Luisa de Parma, derogando la Constitución de Cádiz y persiguiendo a los liberales.

    Sus principios fundamentales son:

  • Soberanía Nacional, el poder está en el pueblo a través de sus representantes en Cortes.

  • Derechos Fundamentales del Individuo, como la libertad de expresión y prensa.

  • La Igualdad ante la Ley y el Derecho a la Propiedad.

  • División de poderes: el poder legislativo corresponde a las Cortes, unicamerales y con amplios poderes y el Rey no puede suspenderlas ni disolverlas pero sí sancionar y promulgar las leyes, y conserva el derecho de veto suspensivo temporal. El poder ejecutivo lo tiene el rey, cuya persona es sagrada e inviolable, pero está sometido a ciertos límites; no es responsable, pero sí sus ministros. El poder judicial recae en los tribunales de justicia y se establecen los principios básicos de un estado de derecho, con garantías.

  • Sufragio Universal masculino indirecto. Los españoles serán ciudadanos con derechos. Los diputados se eligen por dos años; puede serlo cualquier español mayor de 25 años; pero se requiere disponer de una renta anual proporcionada, procedente de bienes propios (sufragio censitario)

  • Estado confesional ya que la religión oficial y única será la católica, apostólica y romana. Esto implica una concesión a los absolutistas por parte de los liberales.

  • Igualdad ante la ley, todas las personas podrán acceder a un cargo público si su capacidad es adecuada; se valora el talento personal y no el nacimiento o el título - fin de los privilegios de la sociedad estamental. Es obligatorio pagar impuestos de forma proporcional a la riqueza.

  • Se crea la Milicia Nacional, cuerpo armado de voluntarios para defender la Constitución.

  • Derecho de los españoles a la enseñanza primaria pública y obligatoria.

 

La Constitución española de 1808. Se considera una carta otorgada, puesto que no fue elaborada por los representantes de la Nación. El 6 de julio de 1808, en pleno estallido de la guerra contra los franceses, José I fue nombrado rey de España. Dos días después, promulgó el Estatuto de Bayona, una carta otorgada en la que por primera vez se concilia la autoridad del soberano "con las libertades del pueblo". Napoleón, verdadero artífice del texto, quiso desmantelar la plutocracia del Antiguo Régimen para construir un estado satélite a su imagen y semejanza. Dictada fuera de territorio nacional y con un marcado carácter afrancesado, apadrinado por los liberales moderados. Debido a su origen y proceso no puede considerarse una Constitución, sino una Carta Otorgada: el proyecto de Estatuto fue presentado por Napoleón a 65 diputados españoles a los que sólo se les permitió deliberar sobre su contenido. No existió voluntad previa de elaborar un documento constitucional, se les impuso un texto y se aceptó por unas Cortes reducidas convocadas en territorio francés. Texto completo en pdf.

 

La Constitución española de 1845. Fue la norma suprema durante el reinado de Isabel II de España. Estuvo vigente hasta la proclamación de la constitución española de 1869, aunque hubo varios intentos para sustituirla en 1852 y durante el bienio progresista. Fue la expresión constitucional del doctrinarismo español. La Constitución de 1845 respondía al modelo habitual del moderantismo, modificada incluso en sentido restrictivo por la Ley Electoral de 1846, claramente doctrinaria en la que se restringía el derecho al voto a aquellos ciudadanos que pagaran una determinada cantidad de dinero a Hacienda en concepto de impuestos. La política conservadora de la Década moderada venia ya prefigurada en algunos aspectos por la etapa represiva de González Bravo. Se restringió la libertad de publicar periódicos, mediante la imposición de fuertes finanzas que sólo podían costear las grandes fortunas o corporaciones. Se promulgó además una Ley de Imprenta por la que se instauraba la censura. Texto completo en pdf.

 

La Constitución española de 1878. La Unión Liberal, el partido fundado por O'Donnell después del Bienio Progresista, período en el que empezó a destacar el joven malagueño, Cánovas del Castillo. Cánovas siempre fiel a los Borbones, durante el Sexenio Revolucionario, dirigió el partido alfonsino, y esto le hizo llegar el poder al ser coronado el nuevo rey Alfonso XII rey de España entre 1874 y 1885. Desde el Ministerio-Regencia impulsaría unas elecciones generales a Cortes Constituyentes por sufragio universal y, habiendo obtenido su partido una abrumadora mayoría en éstas, puso en práctica su ideario encargando la redacción de una nueva Constitución. Inspirada en gran parte en la Constitución de 1845. En 1891 se producen las primeras elecciones por sufrágio universal.

 

La Constitución española de 1931. Es un texto legislativo y dentro de éste podríamos encuadrarlo como un texto constitucional. La autoría de la constitución de 1931 fue colectiva, creada por diversos representantes de diferentes ideologías. Siendo una carta magna republicana, elaborada en 1931 tras la proclamación de la segunda república. Rigió hasta 1936 en toda España y, durante la guerra civil (1936-1939), en la llamada zona republicana. En ella, el estado adoptaba la forma de una república democrática y social, laica y aconfesional. El 14 de Abril de 1931 un gobierno provisional republicano, presidido por Alcalá Zamora, se hacia cargo de los centros de poder del Estado mientras Alfonso XIII abandonaba España. El nuevo gobierno convocaría elecciones para elaborar unas cortes constituyentes, las cuales dieron la mayoría a los republicanos de izquierda y del centro, y a los socialistas. Texto completo pdf.

 

Fuero de los españoles

Fuero de los españoles de 1945. El Fuero de los españoles es una de las ocho Leyes Fundamentales del franquismo, y en ella se establecía una serie de derechos, libertades y deberes del pueblo español; Fuero del Trabajo, Ley Constitutiva de las Cortes, Fuero de los Españoles, Ley del Referéndum Nacional, Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado, Ley de Principios del Movimiento Nacional, Ley Orgánica del Estado y Ley para la Reforma Política. Texto completo pdf.

 

Constitución española 1978

La Constitución española de 1978. Actualmente es la norma suprema del ordenamiento jurídico del Reino de España, a la que están sujetos los poderes públicos y los ciudadanos de España, en vigor desde el 29 de diciembre de 1978. La Constitución fue ratificada en referéndum el 6 de diciembre de 1978, siendo posteriormente sancionada por el Rey Juan Carlos I el 27 de diciembre y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de diciembre del mismo año. La promulgación de la Constitución implicó la culminación de la llamada Transición Española, que tuvo lugar como consecuencia de la muerte, el 20 de noviembre de 1975, del anterior Jefe del Estado, el general Francisco Franco, precipitando una serie de acontecimientos políticos e históricos que transformaron el anterior régimen franquista en un Estado Social y Democrático de Derecho, bajo la forma política de Monarquía Parlamentaria. Texto completo pdf.